Organización

Organigrama

Organización estructurada según estándares del Nuevo Modelo Policía Venezolano

 

Organización PDMM

Misión

Velar por la tranquilidad y protección de las ciudadanas y ciudadanos dentro de la jurisdicción del municipio Mara, sin discriminación de ninguna índole, con el estricto apego y respeto a los derechos humanos, manteniendo la paz social, el orden público, el control y ordenamiento del tránsito vehicular, la seguridad de las personas y sus bienes, en general velar por el acatamiento del ordenamiento jurídico nacional, estadal, municipal y los principios fundamentales de la convivencia y paz social, para el buen vivir de la comunidad, todo esto bajo la gerencia efectiva y eficaz de talento humano profesional comprometido con el municipio.

Visión

Ser un instituto de policía municipal moderno y profesional, con alto prestigio que goce de confianza y credibilidad de la población marense, con miras a disminuir el índice delictivo, siendo aplicadas las estrategias que sean requeridas y orientando nuestros esfuerzos en pro de la comunidad, siempre con el más absoluto respeto al ciudadano, con un estilo propio de marcado servicio a la sociedad, Identificada por todos los ciudadanos como un recurso propio, siempre disponible y cercano, que vela permanentemente por su seguridad, protegiéndoles, tanto a estos como a sus bienes, de acuerdo con las disposiciones legales, y a su vez reconocida por la calidad de sus servicios y su compromiso con la excelencia.

Funciones

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ley y las demás disposiciones relacionadas con el servicio de policía.
  2. Proteger a las ciudadanas, los ciudadanos y a las comunidades, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad, riesgo o daño para la integridad física y sus propiedades y hábitat.
  3. Ejercer el servicio de policía en las áreas urbanas, extraurbanas y rurales.
  4. Ejecutar las políticas emanadas del órgano rector en materia de seguridad ciudadana, incluyendo tránsito, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, anticorrupción, antisecuestro, acaparamiento y especulación alimentaria, adulteración de medicina y otros bienes de consumo esenciales para la vida, delincuencia organizada, turismo, ambiente y orden público.
  5. Promover, desarrollar e implementar estrategias y procedimientos que garanticen la participación de la comunidad organizada en el servicio de policía comunal.
  6. Proteger a las ciudadanas y ciudadanos que participen en concentraciones públicas o manifestaciones pacíficas.
  7. Cooperar con los demás órganos y entes de seguridad ciudadana en el ámbito de sus competencias.
  8. Resguardar el lugar donde haya ocurrido un hecho punible, e impedir que las evidencias, rastros o trazas vinculados al mismo, se alteren o desaparezcan, a los fines de facilitar las investigaciones correspondientes.
  9. Propender a la solución de conflictos a través de la mediación, conciliación y demás mecanismos alternativos, a fin de garantizar la paz social.
  10. Recabar, procesar y evaluar la información conducente a mejorar el desempeño de los cuerpos de policía.
  11. Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana ante situaciones de desastres, catástrofes o calamidades públicas.
  12. Ejercer funciones auxiliares de investigación penal de conformidad con las leyes especiales.
  13. Practicar detenciones en virtud de una orden judicial, o cuando la persona sea sorprendida en flagrancia, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
  14. Proteger a los testigos y víctimas de hechos punibles y demás sujetos procesales por orden de la autoridad competente.
  15. Controlar, vigilar y resguardar las vías públicas nacionales, urbanas y extraurbanas, y el tránsito terrestre previniendo la comisión de delitos, participando en la investigación penal y aplicando el régimen de sanciones administrativas previsto en la ley.
  16. Ejecutar la competencia exclusiva en materia administrativa propia del Municipio Mara.
  17. Ejecutar la protección vecinal
  18. Las demás que el establezca el reglamento de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y la Policía Nacional Bolivariana